15 de agosto de 2016 | Destacado, Provinciales.

La provincia trabaja para regular la habilitación de los establecimientos sanitarios.

_gestionCada uno de los establecimientos que brindan servicios de salud son habilitados como tales por el Ministerio de Salud de la provincia. En el caso de los geriátricos, las Direcciones de Atención Médica y Asuntos Jurídicos trabajan en un plan de regularización de las habilitaciones.
La provincia, a través del Ministerio de Salud, dispone de una serie de requisitos para la habilitación de establecimientos médicos en general, contemplados según la Resolución N°2118/07 S.S Anexo III.

En la documentación se solicitan datos de la institución; actividades a desarrollar; el listado del personal afectado a los servicios de Atención Médica, número de matrícula profesional y copia de contratos laborales; el listado de equipos médicos y no médicos; los planos de planta en escala 1:1000 con indicaciones de uso de cada local, dimensiones, aventanamientos, giros de puertas, artefactos sanitarios, instalaciones fijas y niveles de pisos; certificado de seguridad contra incendios expedido por Bomberos de la Policía de Entre Ríos o en su defecto por Bomberos Voluntarios o personal habilitado; habilitación de Laboratorio por el Colegio de Bioquímicos; certificación de manejo de residuos de la Secretaría de Ambiente Sustentable de la Provincia.

Entre las características físicas a cumplimentar para la habilitación se pide: instalación eléctrica con protección diferencial y puesta a tierra; instalaciones sanitarias con redes de agua y afluentes líquidos acordes a la actividad; iluminación de emergencia; vías de escape y salidas de emergencias adecuadas.

Cada requisito busca reglar el funcionamiento de establecimientos sanitarios con internación. Esto contempla a clínicas, sanatorios, institutos, hospitales y consultorios con quirófano anexo, también geriátricos.

La particularidad de los geriátricos
A través de las direcciones de Atención Médica y Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud de la provincia se trabaja en un plan de regularización de las habilitaciones de geriátricos de la provincia. A la fecha existen 23 geriátricos públicos y otros 55 privados habilitados. Esta instancia, coordinada conjuntamente con las obras sociales Iosper y PAMI, surgió con el objeto de recuperar la rectoría en esta materia, ya que la habilitación de los mismos es exclusiva de la cartera sanitaria.

El Ministerio de Salud es el único órgano que habilita los geriátricos públicos y privados. En tanto los municipios efectúan la habilitación de tipo jurisdiccional para poder desarrollar las actividades. La Ley de Geriatría N° 9823 (http://www.senadoer.gob.ar/galeria/ley/9823.pdf ), reglamentada en la provincia, fija las pautas de habilitación sanitaria.

Cabe citar que los geriátricos que funcionan en el ámbito público están integrados a los hospitales cabecera de departamento. Reciben la partida presupuestaria y el personal de Salud desde la cartera sanitaria.

En detalle, los geriátricos que habilita y están a cargo del Ministerio de Salud, reciben a las personas dependientes y semidependientes, mayores de 65 años. Por su parte, el Ministerio de Desarrollo Social es responsable de los autoválidos y no dependientes.

El director de Atención Médica explicó que “la mayoría de los geriátricos que funcionan en el ámbito público dependen del área del hospital de cabecera de los departamentos, los cuales reciben el presupuesto y redistribuyen todo lo necesario” para la cocina, los alimentos, el recurso humano: médicos, enfermeros y bioquímicos, entre otros.

Cabe recordar que la exdiputada provincial Alicia Haidar fue la autora de la Ley Nº 9.823 que creó el sistema de tipificación y reglamentación de prestaciones y servicios gerontológicos y geriátricos de Entre Ríos.

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