27 de noviembre de 2015 | Destacado, Provinciales.

La legislatura de Entre Ríos avanza con un impuestazo a los combustibles en territorio provincial

camara_diputados-0La Cámara de Diputados de Entre Ríos incorporó el tratamiento sobre tablas y dio media sanción este jueves a un polémico proyecto elaborado por el diputado provincia Juan Navarro (FpV-Tala), que crea la “Tasa Vial Provincial”, que no es otra cosa que un nuevo impuesto a los combustibles.

El proyecto de ley que crea la “Tasa Vial” busca justificar en el artículo 1º la necesidad de “retribuir la prestación de los servicios que demande el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial, incluidas las autovías, carreteras y/o nudos viales”.

La flamante tasa “será abonada por todos los usuarios -efectivos o potenciales- de la misma, en oportunidad de consumir o adquirir por cualquier título, combustibles líquidos y gas natural comprimido (GNC) en la Provincia de Entre Ríos”.

El artículo 3 detalla la magnitud de la nueva carga fiscal que pesará sobre cualquiera que compre combustible en el territorio entrerriano:

– Diésel oíl, gas oíl grado 2 (común) y otros combustibles líquidos de características similares: 2, 65 % (DOS CON SESENTA Y CINCO POR CIENTO) por cada litro expendido;

– Nafta grado 3 (ultra), gas oíl grado 3 (ultra) y otros combustibles líquidos de características similares: 4.60 % (CUATRO CON SESENTA POR CIENTO) por cada litro expendido, y

– Resto de combustibles líquidos no especificados en los apartados precedentes: 3,80 % (TRES CON OCHENTA POR CIENTO) por cada litro expendido.

– Gas Natural Comprimido (GNC): 5,82 % (CINCO CON OCHENTA Y DOS POR CIENTO) por cada metro cúbico expendido.

En el artículo octavo, la ley que era discutida sobre tablas este jueves y se encaminaba a su aprobación por parte de la mayoría oficialista, crea un “Régimen de Información” por parte de los integrantes de la cadena de comercialización de combustibles líquidos y gas natural comprimido (GNC) en el ámbito provincial, “que permita determinar la cantidad de litros o metros cúbicos de expendio o despacho realizados en la Provincia por las empresas refinadoras, elaboradoras, importadoras, distribuidoras y/o comercializadoras de los productos hidrocarburíferos comprendidos en la presente Ley”.

En otras provincias fue judicializado

Varias provincias y municipios del país han avanzado, ya sea con leyes u ordenanzas, en establecer la “Tasa Vial”, y han sufrido planteos de inconstitucionalidad en la Justicia, algunos de los cuales han tenido recepción favorable en ese sentido por tratarse de tributos nacionales y ser una doble imposición a un bien ya gravado. Por caso, el más mediático fue el de la provincia de Córdoba. En marzo del año pasado, cuando la Corte Suprema de Justicia debía analizar el tema, el gobernador José Manuel de la Sota salió a defender el tributo, luego de que el Ministerio de Economía nacional presentara en noviembre de 2012 una demanda judicial contra la provincia de Córdoba por haber aplicado la Tasa Vial (un gravamen local: ley 10.081) sobre los precios de los combustibles para financiar obras viales.

Tras presentar la demanda contra la gestión de De la Sota, el entonces ministro de Economía, Hernán Lorenzino, había expresado: “La ley creó supuestamente una tasa vial provincial, que creemos que esconde lisa y llanamente un impuesto que además de ser ilegal, tiene un impacto económico regresivo e impacta en el bolsillo de cordobeses”. Fue el propio Lorenzino quien presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se declare inconstitucional el impuesto que estableció la provincia de Córdoba sobre los combustibles.

El gobierno nacional pidió que el impuesto sea derogado, como para desincentivar que estas intenciones trasciendan Córdoba y se intenten aprobar en otros distritos, lo que generaría un fuerte encarecimiento de los combustibles en todo el país.

También, en marzo de este año la “Tasa Vial” tuvo un revés judicial por el tributo que cobraba el municipio bonaerense de Monte. Se trata, según se informó en ese momento, de un bien ya gravado por lo que sería una doble imposición. Pero los casos sobre la judicialización de este tributo en diversos municipios de la provincia de Buenos Aires son numerosos.

Fuente: Recinto Net

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